Los beneficiarios no pueden presentar una solicitud directamente para este proceso. El patrocinador primero debe completar y presentar el Formulario I-134 con USCIS, a nombre de un beneficiario venezolano e incluir información sobre ellos y detalles de contacto, como la dirección de correo electrónico. Si se considera que el Formulario I-134 es suficiente, a discreción de USCIS, enviarán al beneficiario información sobre el siguiente paso en el proceso para ser considerado para la autorización para viajar a Estados Unidos y la consideración al permiso de permanencia temporal en un puerto de entrada aéreo.
Una vez que los beneficiarios reciban su autorización de viaje, deben hacer arreglos para volar directamente a su destino final en Estados Unidos. Una vez que llegan al puerto de entrada interior, las personas serán inspeccionadas y consideradas para el Permiso de Permanencia Temporal. Aquellos que intenten ingresar a los Estados Unidos en puertos de entrada terrestres generalmente se les denegará la entrada.
A continuación, enumeramos los pasos para realizar el registro
El patrocinador que vive en Estados Unidos presentará un Formulario I-134, Declaración de Patrocinio Económico, con USCIS en línea a través del portal de myUSCIS para iniciar el proceso. El Formulario I-134 identifica y recopila información tanto del patrocinador, como del beneficiario. El patrocinador debe presentar un Formulario I-134 por separado para cada beneficiario que se propone apoyar, incluidos los familiares inmediatos y los hijos menores.
USCIS luego investigará al patrocinador para garantizar que puede apoyar económicamente a quien acepta apoyar y para protegerlo contra la explotación y el abuso. Los patrocinadores deben ser investigados y confirmados por USCIS, a discreción de la agencia, antes de avanzar en el proceso.
Si USCIS confirma que el patrocinador es apto, el beneficiario listado recibirá un correo electrónico de parte de USCIS sobre cómo crear una cuenta myUSCIS e instrucciones sobre los próximos pasos. El beneficiario deberá confirmar su información biográfica en myUSCIS y certificar que cumple con los requisitos de elegibilidad.
Como parte de la confirmación de elegibilidad en su cuenta myUSCIS, las personas que desean obtener autorización para viajar a Estados Unidos deberán confirmar que cumplen con los requisitos de salud pública, incluidos ciertos requisitos de vacunación.
Después de confirmar la información biográfica en myUSCIS y completar las declaraciones de elegibilidad requeridas, el beneficiario recibirá instrucciones a través de myUSCIS sobre cómo acceder a la aplicación móvil CBP One. El beneficiario deberá entonces ingresar la información biográfica en CBP One y proporcionar una foto.
Después de completar el Paso 3, el beneficiario recibirá una notificación en su cuenta myUSCIS que confirmará si CBP les proporcionará una autorización adelantada para viajar a Estados Unidos para buscar obtener el permiso de permanencia temporal discrecional otorgado caso por caso.
Si se aprueba, esta autorización es válida por 90 días. Los beneficiarios son responsables de asegurar su propio viaje por vía aérea a Estados Unidos. La aprobación de la autorización adelantada para viajar no garantiza la entrada o que se le otorgará permiso de permanencia temporal al llegar a un puerto de entrada (POE) de Estados Unidos. Dicho permiso de permanencia temporal es una determinación discrecional hecha por CBP en el puerto de entrada basada en un hallazgo de que el permiso está justificado debido a razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo.
Cuando un beneficiario llega a un puerto de entrada, CBP lo inspeccionará y lo considerará para el permiso de permanencia temporal discrecional, según cada caso individual.
Como parte de la inspección, los beneficiarios se someterán a verificaciones e investigaciones adicionales, que incluirán una investigación biométrica adicional de huellas dactilares consistente con el proceso de inspección de CBP. Las personas que se determine que representan una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública, o que de otra manera no ameritan el permiso de permanencia temporal como una cuestión de discreción luego de la inspección, serán procesados bajo una vía de procesamiento apropiada y podrían ser referidas al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE).
Aquellas personas a quienes se les otorga el permiso de permanencia temporal de conformidad con este proceso generalmente recibirán el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos por un periodo de hasta dos años, sujeto a los requisitos de salud e investigaciones, y será elegible para solicitar la autorización de empleo bajo las regulaciones existentes.
Las personas pueden solicitar autorización de empleo de parte de USCIS mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Las personas a quienes se les otorgue el permiso de permanencia temporal y sean elegibles para solicitar autorización de empleo pueden hacerlo en línea.
Con información de USCIS
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